"PASAJEROS PROVENIENTES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO Y QUE ARRIBEN AL PAÍS EN CASAS RODANTES O EMBARCACIONES QUE NO PRESTEN SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO DE PASAJEROS, QUE IMPORTEN TEMPORALMENTE."
Los pasajeros residentes en el extranjero que ingresen a México en casas rodantes embarcaciones que sean lanchas,yates o veleros, deberán realizar el trámite de importación temporal de su medio de transporte, y en su solicitud señalaran de manera general: los aparatos eléctricos, de cocina, mobiliario e instrumentos que éste contiene; asi como las mercancías y provisiones necesarias para su estancia del país.
PASAJEROS: Cualquier persona que entre o salga del pais o que transite de a franja o region fronteriza al resto del territorio nacional.
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